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Normativa Montevideo
Artículo R.307
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.307
Articulo R.307
En los casos en que el funcionario es visitado en su domicilio, estando sin embargo en condiciones de concurrir a la Unidad de Certificaciones Médicas, se le aplicará un descuento de sueldo correspondiente a un día, sin perjuicio de las sanciones que por cualquier otro concepto pudieran corresponderle.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992