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Normativa Montevideo
Artículo R.333
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.333
Articulo R.333
La solicitud de licencia médica podrá efectuarse por cualquier medio escrito idóneo, salvo casos en los que existan razones de fuerza mayor en los que se aceptará el aviso telefónico.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992