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Normativa Montevideo
Artículo R.334
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.334
Articulo R.334
Los funcionarios que se encuentren incluidos en el régimen de licencia por enfermedad, previsto por los artículos D. 128 y D. 129 , deberán presentarse al Servicio de Liquidación de Haberes a realizar su empadronamiento. Esta sección podrá solicitar la retención de haberes de los funcionarios omisos.
Los funcionarios que se encuentren incluidos en el régimen de licencia por enfermedad, previsto por los artículos D. 128 y D. 129, deberán presentarse al Servicio de Liquidación de Haberes a realizar su empadronamiento. Esta sección podrá solicitar la retención de haberes de los funcionarios omisos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992