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Normativa Montevideo

Artículo R.342.1.1

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.342.1.1

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De la licencias extraordinarias

Articulo R.342.1.1

El Intendente podrá otorgar licencia extraordinaria con goce de sueldo, por un lapso no mayor de 5 (cinco) días, a los funcionarios poseedores de títulos universitarios o técnicos, o estudiantes de las respectivas carreras, que lo soliciten para concurrir a congresos, jornadas o seminarios atinentes al objeto de sus estudios.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992