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Normativa Montevideo

Artículo R.342.12

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.342.12

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De las licencias especiales / De la licencia para la preparación de exámenes o pruebas

Articulo R.342.12

Los funcionarios que cursen estudios en Institutos de Enseñanza Pública en los ciclos de Enseñanza Secundaria, Universidad del Trabajo del Uruguay, Universidad o Institutos de formación docente tendrán derecho a una licencia especial con goce de sueldo de hasta 40 (cuarenta) días por año civil, para la preparación de exámenes o pruebas correspondientes a los cursos que estén realizando. Igual derecho tendrán quienes cursen estudios en los institutos privados: Universidad Católica del Uruguay "Dámaso Antonio Larrañaga", Instituto Tecnológico O.R.T, Escuela de Informática, a las carreras que se reconozca por el Ministerio de Educación y Cultura nivel universitario, e Institutos habilitados por el Consejo de Educación Secundaria.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992