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Normativa Montevideo
Artículo R.342.17
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.342.17
Articulo R.342.17
Los interesados deberán justificar ante el Servicio Administración de Gestión Humana, dentro del plazo de 90 (noventa) días a partir de la fecha de la prueba o examen el haberlos rendido. Si en el certificado no constare el resultado respectivo, quedará pendiente la obligación del funcionario de acreditar tal circunstancia a los efectos previstos en el artículo R.342.16 .
Los interesados deberán justificar ante el Servicio Administración de Gestión Humana, dentro del plazo de 90 (noventa) días a partir de la fecha de la prueba o examen el haberlos rendido. Si en el certificado no constare el resultado respectivo, quedará pendiente la obligación del funcionario de acreditar tal circunstancia a los efectos previstos en el artículo R.342.16.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992