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Normativa Montevideo
Artículo R.342.5
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.342.5
Articulo R.342.5
El funcionario que solicite hacer uso de esa licencia efectuará el pedido en la dependencia donde desempeña tareas, correspondiendo al Responsable de Parte o Unidad el ingreso de dicha solicitud debiendo constar los siguientes datos: a) nombre y cédula de identidad del funcionario, indicando el parentesco que lo vincula al enfermo debidamente individualizado; b) lugar preciso donde es asistido dicho familiar; c) fecha a partir de la cual solicita licencia el funcionario. d) razón por la cual el funcionario se ve impedido de concurrir al desempeño de sus funciones.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992