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Normativa Montevideo

Artículo R.346

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.346

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / Cambio o limitación de tareas por causal médica

Articulo R.346

Sesenta días antes del vencimiento de cada plazo semestral, el Servicio Administración de Gestión Humana remitirá al Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional los antecedentes del funcionario en cuestión y éste deberá someterse a nuevo exámen médico en dicho Servicio reiniciándose el procedimiento anterior si correspondiere por igual lapso de seis meses. En caso de que el Servicio de Salud y Seguridad Ocupacional considere que el funcionario ha superado sus limitaciones, aquél podrá disponer el reintegro de éste a su cargo titular.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992