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Normativa Montevideo

Artículo R.414.4

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.414.4

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De los Distribuidores - Inspectores del Servicio Gestión Integrada de Cobro

Articulo R.414.4

Son obligaciones relativas a la Distribución - Inspección estrictamente consideradas: a) entregar la totalidad de la emisión recibida, con la prohibición de ejecutar la función simultáneamente con otro tipo de tareas. b) la delegación de hecho, de la función, le está absolutamente prohibida debiendo desempeñarla personalmente ( Art. D.43 del Volumen III del Digesto Departamental). c) el Carné de Distribuidor - Inspector que se entrega a los funcionarios y cualquier otro elemento identificatorio, deberá ser exhibido a instancia de los contribuyentes y restituido al Servicio cuando aquellos cesen en el desempeño de la función.
Notas
Son obligaciones relativas a la Distribución - Inspección estrictamente consideradas: a) entregar la totalidad de la emisión recibida, con la prohibición de ejecutar la función simultáneamente con otro tipo de tareas. b) la delegación de hecho, de la función, le está absolutamente prohibida debiendo desempeñarla personalmente (Art. D.43 del Volumen III del Digesto Departamental). c) el Carné de Distribuidor - Inspector que se entrega a los funcionarios y cualquier otro elemento identificatorio, deberá ser exhibido a instancia de los contribuyentes y restituido al Servicio cuando aquellos cesen en el desempeño de la función.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992