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Normativa Montevideo
Artículo R.418.1
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.418.1
Articulo R.418.1
Los funcionarios, conductores de vehículos de propiedad de la Intendencia que protagonicen accidentes de tránsito, en el momento de confeccionarse el respectivo parte policial, deberán expresar en qué repartición prestan funciones y a qué dependencia está afectado el vehículo.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992