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Normativa Montevideo
Artículo R.418.37
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.418.37
Articulo R.418.37
Los análisis de riesgos, tanto en materia de ciberseguridad como de protección de datos personales, corresponde que sean realizados en la interna de la organización, por los equipos de Tecnología de la Información (TI), Seguridad, Legal, y en caso de estar asignado, quien desempeña el rol de delegado de protección de datos (regulado por la Resolución de la URCDP N°32/020 ).
Los análisis de riesgos, tanto en materia de ciberseguridad como de protección de datos personales, corresponde que sean realizados en la interna de la organización, por los equipos de Tecnología de la Información (TI), Seguridad, Legal, y en caso de estar asignado, quien desempeña el rol de delegado de protección de datos (regulado por la Resolución de la URCDP N°32/020).
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992