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Normativa Montevideo
Artículo R.423
Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen III Relación Funcional, art. R.423
Articulo R.423
El fallecimiento de funcionarios, deberá ser comunicado a la brevedad posible al Servicio referido en el artículo anterior, detallando nombre completo, padrón, cargo y fecha en que se produjo el deceso.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992