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Normativa Montevideo

Artículo R.423.14

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.423.14

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De las renuncias

Articulo R.423.14

En toda renuncia a su cargo presentada por un funcionario de la Intendencia, éste deberá constituir domicilio especial para todos los efectos ulteriores relacionados con la relación funcional o derivados de ella. Las renuncias que no satisfagan este requisito podrán aceptarse bajo la condición de que se lo cumpla, o con vigencia desde que ello se verifique. Las renuncias deben ser presentadas por los/las funcionarios/as con una antelación no inferior a 60 días corridos previos a la fecha solicitada para el cese de su relación con la institución.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992