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Normativa Montevideo

Artículo R.423.4.1

Volumen III Relación Funcional · Volumen III Relación Funcional

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos1116
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen III Relación Funcional, art. R.423.4.1

Relación Funcional / De la relación funcional / Reglamentaria / De las faltas y sus sanciones

Articulo R.423.4.1

En los casos de determinarse sanciones por ser sujeto responsable de un comportamiento de acoso sexual laboral, acoso, violencia o discriminación en el ámbito laboral o en la relación docente estudiante, incluidas aquellas por razón de identidad y/o expresión de género, la Administración podrá aplicar, además de la suspensión correspondiente, la inhabilitación especial para participar en procesos de ascensos, concursos, asignación de funciones o interinatos, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos R.239 y R.239.1 del Digesto Departamental. El plazo máximo de la inhabilitación se extenderá por 2 (dos) años, contados a partir de la fecha del dictado de la resolución sancionatoria.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:53992
ReferenciaVolumen III Relación Funcional
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A53992