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Normativa Montevideo
Artículo D.2247.4
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2247.4
Articulo D.2247.4
Sobre las campañas de concientización y educación. La Intendencia Departamental de Montevideo y los Municipios realizarán campañas educativas y de concientización enfatizando los impactos negativos para la salud humana y animal que tiene la utilización de material pirotécnico. Se utilizarán todos los medios de difusión que se dispongan, es especial los de la Intendencia de Montevideo, para promover y estimular hábitos que mejoren la convivencia responsable, desestimulando el uso de cualquier artefacto pirotécnico de estruendo. Como así también hacer partícipes a Empresas y ONG's a colaborar en dicha campaña.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192