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Normativa Montevideo

Artículo D.2299.18

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2299.18

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / De los paseos Públicos / De las actividades en espacios públicos y de acceso al público / De la instalación de puestos de frutas y verduras en la vía pública

Articulo D.2299.18

Disposición Transitoria. Se establece un plazo hasta el 1º de mayo de 1993, para la reubicación definitiva acorde con la zona de exclusión establecida en el presente decreto de los puestos situados en las siguientes calles: Colonia y Fernández Crespo; Colonia y Eduardo Acevedo; Colonia y Rondeau; Colonia y Andes; 8 de Octubre y Manuel Albo; General Flores y Blandengues y General Flores y Vilardebó.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192