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Normativa Montevideo

Artículo D.2299.27

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2299.27

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / De los paseos Públicos / De las actividades en espacios públicos y de acceso al público / De la comercialización de artículos pirotécnicos en la vía pública

Articulo D.2299.27

Los puestos en la vía pública, no podrán exceder los 20 kilos de material pirotécnico y deberán ubicarse a una distancia de 50 (cincuenta) metros lineales con respecto a otros puestos ambulantes o locales habilitados para venta de material pirotécnico.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192