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Normativa Montevideo

Artículo D.2299.4

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2299.4

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / De los paseos Públicos / De las actividades en espacios públicos y de acceso al público / De las ferias especiales de venta de artesanías y de los paseos de artesanos tradicionales callejeros

Articulo D.2299.4

Créanse los Paseos de los Artesanos Tradicionales Callejeros que se ubicarán en: a) aceras norte y sur de la Peatonal Sarandí entre la Escuela de Artes y Artesanías Dr. Pedro Figari y Pérez Castellanos. b) aceras este y oeste de la Peatonal Dr. Mario Cassinoni entre Dr. Salvador Ferrer Serra y Eduardo Victor Haedo. En caso de ser necesario incorporar espacios alternativos, se plantearán a través del Consejo Consultivo de Uso del Espacio Público con Fines Comerciales creado por el Decreto Nº 37.040, de 25 de abril de 2019.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192