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Normativa Montevideo

Artículo D.2346.54

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2346.54

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / De las ferias permanentes / De las licencias

Articulo D.2346.54

(Procedimiento). La solicitud de licencia deberá presentarse por escrito ante la Unidad Gestión Comercial. En estos casos, se podrá solicitar autorización para dejar frente al puesto un reemplazante, en caso de no poseer alterno, el que debe reunir las mismas condiciones que el titular del permiso y tener carné identificatorio. El reemplazante no podrá ser titular ni alterno de otros puestos.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192