Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.2346.61

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2346.61

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / De las ferias permanentes / Disposiciones generales

Articulo D.2346.61

En el caso de incautación de mercadería en infracción, previo pago de la sanción, el infractor dispondrá de hasta 30 días para el retiro de la misma, y en el caso de que fuera mercadería perecedera el plazo para su retiro es hasta 48 horas.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192