Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.2402
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2402
Articulo D.2402
La Intendencia de Montevideo regulará por reglamentación las características de los pasacalles o letreros luminosos, las proporciones entre motivos carnavalescos y propagandísticos (que no podrán exceder de una relación de 70% para los primeros y 30 % para los segundos), los puntos de ubicación, que serán sorteados cada año entre los anunciantes cuyos diseños hubieran sido previamente aprobados, y todos los demás detalles que permitan el cumplimiento de las finalidades perseguidas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192