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Normativa Montevideo

Artículo D.2424

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2424

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / Publicidad y propaganda / De la Publicidad y Propaganda en Espacios Privados apreciable desde el Espacio Público. / De los parámetros de régimen básico

Articulo D.2424

E1 - Frontal tipo B- Es aquel que se colocará por debajo del nivel de los dinteles de las aberturas de planta baja. Se podrán colocar elementos de publicidad frontales de hasta 0,50 m², con una saliente máxima de 0,15m respecto al muro de fachada. Deben distar como mínimo 0,15 m de la medianera.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192