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Normativa Montevideo
Artículo D.2425.18
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2425.18
Articulo D.2425.18
E2 no cambiable - Letras y logos aislados. Son aquellos adosados a elementos estructurales por encima de 5,00 metros de altura y menos de 7,00m de alto medidos desde el nivel de vereda. Los logos y letras aisladas podrán separase de la superficie de elemento soporte como máximo 0.50 metros. Se inscribirán en un área de un rectángulo con un alto máximo de 1,20 metros y a una distancia mínima de 0,15 m de las divisorias. El mismo se podrá desarrollar a lo largo del frente del comercio. Para aquel elemento publicitario letras y logos aislados a ubicarse por encima de los 7 m y hasta los 16,00 m, deberá cumplir los mismos requisitos que el caso anterior pudiendo el elemento tener un alto máximo de 1,50 metros.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192