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Normativa Montevideo

Artículo D.2425.39

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. D.2425.39

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Legislativa / Del acoso sexual en espacios públicos o de acceso al público / Disposiciones generales

Articulo D.2425.39

Concepto. El acoso sexual en los espacios públicos o de acceso público, en el transporte público o transporte privado de interés público, es una manifestación de la violencia basada en género que afecta los derechos de las personas, en particular de las mujeres. Es una conducta física o verbal de naturaleza sexual o connotación sexual realizada por una o más personas contra otra u otras personas sin su consentimiento, que afecta la dignidad y derechos fundamentales como la libertad, integridad y libre tránsito de la persona acosada, genera intimidación, hostilidad, degradación, humillación y un ambiente ofensivo en esos espacios o medios de transporte.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192