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Normativa Montevideo
Artículo R.1161
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1161
Articulo R.1161
El plazo máximo de uso especial del espacio público será de veintiún días por evento, pudiéndose ampliar hasta veintiocho días previa solicitud fundada. Los plazos indicados incluyen tiempo de montaje y desarmado. El horario de funcionamiento será como máximo de seis horas diarias.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192