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Normativa Montevideo
Artículo R.1171.22
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.22
Articulo R.1171.22
Los permisos deberán ser retirados en el término de 5 (cinco) días contados desde la adjudicación a que hace referencia el artículo R. 1171.19 , en caso de no hacerlo caducarán de pleno derecho.
Los permisos deberán ser retirados en el término de 5 (cinco) días contados desde la adjudicación a que hace referencia el artículo R. 1171.19, en caso de no hacerlo caducarán de pleno derecho.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192