Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1171.23

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.23

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De las reuniones públicas / Del paseo Plaza Zabala

Articulo R.1171.23

El permiso tendrá, en todo momento el carácter de personal, precario y revocable y caducará indefectiblemente al año a contar de la fecha de su otorgamiento, pudiendo ser renovado previo dictamen escrito de la Comisión Especial del Paseo de Plaza Zabala.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192