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Normativa Montevideo

Artículo R.1171.40

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.40

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De las reuniones públicas / De las ferias especiales de venta de artesanías

Articulo R.1171.40

El Jurado será integrado por representantes de: a- AUDA (Asociación Uruguaya de Artesanos). b- AFEPLAMA (Asociación de Feriantes de Plaza Matriz). c- Asociación de Artesanos de Montevideo. d- Coordinadora de Grupos Sociales, Comerciantes y Vecinos de Ciudad Vieja. e- Dirección de Cultura de la I.M. f- Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional de la I.M. g- Dirección Nacional de Artesanías, Pequeñas y Medianas Empresas (DINAPYME). h- Un representante de la Escuela de Arte y Artesanía “Pedro Figari”. i- Representante de los participantes, electo mediante voto secreto. El jurado será presidido por el representante del Departamento de Cultura y tendrá voto doble en caso de empate. El fallo del Jurado y todas las decisiones que del mismo deriven serán inapelables. Las reuniones de evaluación serán de carácter privado.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192