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Normativa Montevideo

Artículo R.1171.53

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.53

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De las reuniones públicas / De las Ferias Especiales y periódicas / Generalidades

Articulo R.1171.53

La Intendencia de Montevideo adjudicará los puestos en las distintas ferias especiales y periódicas por sorteo. Para el caso de las ferias que ya están funcionando, la adjudicación se hará mediante el acuerdo entre los involucrados. En caso de que no se llegara a tal acuerdo se procederá al sorteo correspondiente. Para el caso de discapacitados de acuerdo al Decreto N° 10.401 o egresados del Instituto Nacional del Menor (I.NA.ME.) (*) y/o de otras instituciones de recuperación social con personería jurídica la adjudicación se hará en forma directa. (*) (Hoy I.N.A.U).
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192