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Normativa Montevideo

Artículo R.1171.97.12

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.97.12

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De las reuniones públicas / Del funcionamiento de la Feria Periódica en la Plaza de la Constitución (Matriz) - Peatonal Sarandí

Articulo R.1171.97.12

De los criterios técnicos. La División Espacios Públicos y Edificaciones podrá determinar, en acuerdo con el CCZ Nº 1, el Municipio B y la Asociación de Feriantes de la Plaza Matriz los criterios técnico arquitectónicos y estéticos más adecuados para que la Feria de la Plaza Matriz guarde la debida correspondencia y armonía con el entorno de la zona histórica. Una vez dispuestas las pautas aludidas, los permisarios deberán adecuar sus puestos en un plazo no mayor a 60 días desde su notificación.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192