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Normativa Montevideo

Artículo R.1171.97.18

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.97.18

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De las reuniones públicas / Del funcionamiento de la Feria Periódica en la Plaza de la Constitución (Matriz) - Peatonal Sarandí

Articulo R.1171.97.18

Artículos autorizados a comerciar. En la Feria de la Plaza Matriz podrán comercializarse los siguientes artículos: a) antigüedades y objetos coleccionables b) libros e impresos de todo tipo; y c) artesanías, artículos decorativos, ornamentales y productos artísticos. Los permisarios podrán solicitar ampliación de rubro que se podrá autorizar cuando los mismos sean compatibles con lo dispuesto en la presente disposición.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192