Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.1171.97.6
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1171.97.6
Articulo R.1171.97.6
De la reserva de puestos. La Intendencia de Montevideo podrá reservar hasta diez puestos en la Feria con los fines de implementar experiencias pilotos de comercialización. Asimismo, podrá otorgar por resolución fundada la titularidad de puestos a Personas Jurídicas cuando su presencia en la Feria se entienda conveniente para los consumidores. Estas instituciones nombrarán una o más personas que estarán a cargo de los puestos adjudicados debiendo cumplir con todas las obligaciones establecidas en el presente Capitulo para los permisarios.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192