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Normativa Montevideo
Artículo R.1176
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1176
Articulo R.1176
Las distintas reparticiones que efectúen obras en lugares donde haya plantaciones que puedan ser afectadas, consultarán, al proyectar los trabajos, a la División Espacios Públicos y Edificaciones, quien aconsejará los procedimientos a seguir.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192