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Normativa Montevideo
Artículo R.1178
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1178
Articulo R.1178
Recomiéndase al Departamento de Acondicionamiento Urbano que incluya en los pliegos de condiciones de los trabajos a efectuarse en las calles, la obligatoriedad por parte de las empresas constructoras, de respetar la plantación urbana, cuidando que su personal no ocasione destrozos inútiles en los órganos vitales de los árboles.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192