Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo R.1183

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1183

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De la conservación de los paseos públicos / De la colocación de amplificadores en espacios públicos

Articulo R.1183

Toda resolución que acuerde permiso para efectuar esas instalaciones en las plazas y parques públicos, se comunicará a la Unidad de Areas Verdes Centrales para su conocimiento.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192