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Normativa Montevideo
Artículo R.1188
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1188
Articulo R.1188
El Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, llevará un registro en el que se anotará la instalación, regularización y transferencia de cada quiosco, actos que se llevarán a cabo únicamente, luego de concedida la autorización y de constituído el depósito de garantía de cumplimiento previsto en el artículo R 1198.10 .
El Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, llevará un registro en el que se anotará la instalación, regularización y transferencia de cada quiosco, actos que se llevarán a cabo únicamente, luego de concedida la autorización y de constituído el depósito de garantía de cumplimiento previsto en el artículo R 1198.10.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192