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Normativa Montevideo
Artículo R.1198.5
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1198.5
Articulo R.1198.5
El Intendente en mérito a razones de interés público podrá fijar zonas dentro de las cuales la Intendencia ha de construir quioscos o instalaciones semejantes, llamando a licitación o concurso de interesados a los efectos de su explotación.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192