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Normativa Montevideo
Artículo R.1213
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1213
Articulo R.1213
En cuanto al depósito en garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones, para la instalación de quioscos rodantes, se aplicará lo establecido en el artículo R.1198.10 .
En cuanto al depósito en garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones, para la instalación de quioscos rodantes, se aplicará lo establecido en el artículo R.1198.10.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192