Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo R.1256
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1256
Articulo R.1256
Transcurrido un año del vencimiento del plazo a que se alude en el artículo precedente sin que los interesados justifiquen su dominio sobre las especies depositadas, se procederá a la tasación y subasta de las mismas.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192