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Normativa Montevideo

Artículo R.1288.34

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1288.34

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / De las actividades en espacios públicos o de acceso al público / De la colocación de mesas y sillas con o sin entarimado en las aceras y calzadas

Articulo R.1288.34

Las instalaciones se clasifican en 3 tipos: Tipo 1: instalación solamente en aceras. Tipo 2: instalación solamente en calzada. Tipo 3: instalación mixta, cuando se utiliza en forma conjunta acera y calzada. En las instalaciones de tipos 2 y 3, no se permitirá ningún tipo de cerramientos, salvo las barandas correspondientes. En las instalaciones de Tipo 1, se podrá autorizar cerramientos que deberán ser de materiales plásticos transparentes. Se podrá autorizar el techado de las instalaciones, y cuando se utilicen sombrillas, éstas no podrán exceder en su vuelo los límites del área utilizada.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192