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Normativa Montevideo
Artículo R.1288.65
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1288.65
Articulo R.1288.65
Se establece que las instalaciones existentes que no se ajusten a lo establecido en los artículos R.1288.63 y R.1288.64 de la presente Sección, permanecerán con sus características actuales hasta en tanto se realice su proceso de sustitución.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192