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Normativa Montevideo

Artículo R.1298.12

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público · Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos881
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público, art. R.1298.12

De los Espacios Públicos y de Acceso al Público / De los espacios públicos y de acceso al público / Reglamentaria / Del acoso sexual en espacios públicos o de acceso al público / Disposiciones Generales

Articulo R.1298.12

Sensibilización a la ciudadanía. La División Asesoría para la Igualdad de Género en articulación con la División de Información y Comunicación tendrán a su cargo las acciones de difusión de la política pública "Montevideo libre de acoso sexual en los espacios públicos y privados de acceso público". Ambas Divisiones serán responsables de difundir el compromiso de la Administración Departamental con la temática, las acciones desarrolladas por los Departamentos y Municipios, así como los canales de información y reporte de situaciones disponibles.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:57192
ReferenciaVolumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A57192