Volver a Normativa Montevideo

Normativa Montevideo

Artículo D.2183

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. D.2183

Obras / Legislativa / De las veredas / Disposiciones generales

Articulo D.2183

Cuando a juicio de las oficinas de la Intendencia se considere que los pavimentos existentes deben sufrir modificaciones fundamentales en sus niveles, los propietarios sólo estarán obligados a construir y conservar, en buen estado, una vereda de carácter provisorio en las condiciones que se fijarán en cada caso.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260