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Normativa Montevideo
Artículo D.2196
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. D.2196
Articulo D.2196
Queda prohibido emplear en la construcción de veredas materiales que presenten superficie resbaladiza. No se permitirá la permanencia de la vereda o de la parte de ella que haya adquirido esa condición por el uso.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260