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Normativa Montevideo
Artículo D.2215.3
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. D.2215.3
Articulo D.2215.3
La Intendencia podrá suspender temporalmente el otorgamiento de nuevos permisos de obra, a aquellas empresas que mantengan sin corregir determinadas irregularidades por las que hayan sido intimadas para su regularización, y que a juicio de la Comuna constituyan situaciones que no deben extenderse en el tiempo.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260