Volver a Normativa Montevideo
Normativa Montevideo
Artículo D.2218
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. D.2218
Articulo D.2218
Las autorizaciones para realizar obras en la vía pública estarán en todos los casos condicionadas a las disposiciones que rijan sobre la ocupación del suelo y subsuelo.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260