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Normativa Montevideo
Artículo D.2226
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. D.2226
Articulo D.2226
Las especies vegetales ubicadas en la vía pública, son bienes cuya administración compete a la Intendencia de Montevideo. La oficina responsable del control de las obras en la vía pública, en coordinación con la Unidad de Areas Verdes, aplicará las sanciones que correspondan, cuando se constaten intervenciones no autorizadas en las especies vegetales en el transcurso de dichos trabajos.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260