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Normativa Montevideo

Artículo D.2226.1

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. D.2226.1

Obras / Legislativa / De las remociones en la vía pública / Disposiciones generales

Articulo D.2226.1

Cuando durante la ejecución de una obra en remoción en la vía pública existiera una interferencia de la misma con una especie vegetal, afectando sus raíces, tronco o ramas y sea necesario realizar una intervención en dicha especie, la misma solo podrá realizarse con la autorización previa de la Intendencia de Montevideo, quien establecerá las condiciones y supervisará la intervención. Los trabajos en las especies vegetales en la vía pública, están comprendidos en la autorización que otorga el artículo D.2215 , en los casos y condiciones que en el mismo se establecen.
Notas
Cuando durante la ejecución de una obra en remoción en la vía pública existiera una interferencia de la misma con una especie vegetal, afectando sus raíces, tronco o ramas y sea necesario realizar una intervención en dicha especie, la misma solo podrá realizarse con la autorización previa de la Intendencia de Montevideo, quien establecerá las condiciones y supervisará la intervención. Los trabajos en las especies vegetales en la vía pública, están comprendidos en la autorización que otorga el artículo D.2215, en los casos y condiciones que en el mismo se establecen.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260