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Normativa Montevideo
Artículo D.2226.3.1
Volumen VII Obras · Volumen VII Obras
TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Volumen VII Obras, art. D.2226.3.1
Articulo D.2226.3.1
La Empresa Constructora podrá perder la habilitación para realizar obras en la vía pública, si no procede a compensar las especies vegetales afectadas o no paga las multas o indemnizaciones por pérdida de las mismas, sin perjuicio de las acciones judiciales que correspondan.
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260