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Normativa Montevideo

Artículo D.2233

Volumen VII Obras · Volumen VII Obras

TipoCuerpo consolidado
TextoVigente
Artículos352
ColecciónDigesto Departamental
JurisdicciónMontevideo
Cita

Volumen VII Obras, art. D.2233

Obras / Legislativa / De las remociones en la vía pública / De las remociones de pavimentos y cordones

Articulo D.2233

En todo corte de pavimento en calzadas y aceras, será obligatorio el uso de equipos mecánicos de aserrado tales como los dotados de discos abrasivos. Los bordes del pavimento a reponer deber ser paralelos o perpendiculares al eje de calzada.
Procedencia
ID canóniconorm:uy-mo:departmental-consolidation:digesto:59260
ReferenciaVolumen VII Obras
Fuentehttps://jurasis.com/buscador/montevideo/norm%3Auy-mo%3Adepartmental-consolidation%3Adigesto%3A59260